Fundamentos

El sindicato tiene los siguientes principios de funcionamiento con el objeto de obtener el cumplimiento de las leyes y reglamentos que beneficien a sus asociados:

  1. Representar a los afiliados en las diversas instancias de la negociación colectiva, suscribir los instrumentos colectivos de trabajo que corresponda, velar por su cumplimiento y hacer valer los derecho que de ellos nazcan.
  2. Representar a los afiliados en el ejercicio de los derechos emanados de los contratos individuales de trabajo, cuando sean requeridos por ellos. No será necesario requerimiento de los afectados para que los representen en el ejercicio de los derechos emanados de los instrumentos colectivos de trabajo y cuando se reclame de las infracciones legales o contractuales que afecten a la generalidad de sus socios. En ningún caso podrán percibir las remuneraciones de sus afiliados.
  3. Canalizar las inquietudes y necesidades de integración respecto a la empresa y de sus trabajadores.
  4. Velar por el cumplimiento de las leyes sobre seguridad social o de trabajo, denunciar sus infracciones ante las autoridades administrativas o judiciales que corresponda, actuar como parte de los juicios y reclamaciones que den lugar a la aplicación de multas u otras sanciones.
  5. Actuar como parte en los juicios o reclamaciones, de carácter judicial o administrativo que tengan por objeto denunciar prácticas desleales o antisindicales. En general, asumir la representación del interés social comprometido por la inobservancia de las leyes de protección, establecida en favor de sus afiliados, conjunta o separadamente de los servicios estatales respectivos.
  6. Prestar ayuda a sus asociados y promover la cooperación mutua entre los mismos, estimular su convivencia humana e integrar y proporcionarle recreación.
  7. Promover el desarrollo Sindical, la capacitación gremial, técnica y general de sus asociados para la mejor preparación de su trabajo específico, en desarrollo de su potencial para ejercer cargos de mayor responsabilidad o jerarquía o actualizar conocimientos que le permitan estar al tanto del avance tecnológico como un medio de dar su mejor aporte a la empresa, promover la constitución de comités bipartitos de capacitación, en el marco de la ley n° 19.518.
  8. Propender al mejoramiento de sistemas de prevención de riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, sin perjuicio de la competencia de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad, pudiendo además, formular planteamientos y peticiones ante estos y exigir su pronunciamiento.
  9. Constituir, concurrir a la constitución o asociarse a mutualidades corporaciones fondos u otros servicios y participar en ellos. Estos servicios pueden consistir en asesorías técnicas, jurídicas, educacionales, culturales, de promoción socios económicos y otras.
  10. Constituir, concurrir a la constitución o asociarse a instituciones de carácter previsional o de salud, cualquiera sea su naturaleza jurídica y participar en ellas.
  11. Propender al mejoramiento de la calidad de vida y del empleo.
  12. Desarrollar los derechos fundamentales no específicos de los trabajadores, enunciados en el artículo quinto del Código del trabajo y que constituyen garantías constitucionales, como respeto a la intimidad, a la vida privada, a la honra, todos los cuales configuran el concepto de la ciudadanía laboral.
  13. Desarrollar la autonomía de la organización y la Libertad Sindical, reduciendo la tutela del Estado a los ámbitos estrictamente necesarios.
  14. El sindicato no tendrá fines de lucro, sin perjuicio de las instancias y actos debidamente aprobados por la Asamblea que puedan generar excedentes en beneficio de la organización.
  15. Efectuar actividades económicas para incrementar el patrimonio de la organización como las señaladas en el artículo 46 letra H) de estos estatutos, directamente o a través de su participación en sociedades.

Actualidad Sindical

Revista FESUC, Profesionales del Cobre
Edicion 29

SINDICATO SUPERVISORES
ROL A CODELCO DIVISION ANDINA
Calle Santa Rosa 595,
Los Andes, Chile.
Teléfono: (56) 34 2498067
sinsuper@codelco.cl

CODELCO

ISAPRE RIO BLANCO

BANCO DE CHILE

BANCO SANTANDER

BANCO BBVA

BANCO BCI

CAJA LOS ANDES

AMBULANCIA                    131

BOMBEROS                        132

CARABINEROS                  133

PDI                                      134

CLÍNICA RIO BLANCO (34)2590500