Con la presencia del Presidente Gabriel Boric, la ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, y la Canciller Antonia Urrejola, el Gobierno de Chile anunció que ratificará el Convenio 190 de la OIT, sobre la eliminación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo.

Esta normativa se aplica a todos los sectores, público o privado, de la economía tanto formal como informal, y en zonas urbanas o rurales, y beneficia principalmente a las mujeres que son quienes más sufren de acoso y violencia.

Por otra parte, tanto el Convenio 190 como la Recomendación 206 promueven la negociación colectiva como herramienta fundamental para las y los trabajadores para eliminar la violencia y el acoso en el mundo del trabajo y presentan una oportunidad de reformas internas y sindicales con un enfoque inclusivo y con perspectiva de género.

Cabe destacar que en Chile, el 25% de las denuncias sobre acoso en la Dirección del Trabajo en Chile son sobre acoso sexual, y un 92% de ellas, son realizadas por mujeres.

La directora de comunicaciones del Sindicato SISAN, Graciela Gómez, se refirió al convenio y cómo este es un elemento más para promover el trabajo de la mujer en diversos rubros, incluido el minero.

“La firma de este convenio viene a fortalecer la protección frente a la violencia y acoso en el trabajo, que no afecta solo a las mujeres. Obliga a crear una serie de mecanismos para proteger a trabajadoras y trabajadores.Por tanto, como dirigente sindical valoro la norma; se trata de una herramienta para la protección de los derechos fundamentales, como la integridad física, psíquica y emocional, de cada una de las personas que laboran”, explicó.

“El establecer esta clase de normas, contribuye a potenciar el trabajo femenino, en rubros como el minero, cuestión que ha sido abordada por todos los gobiernos de turno y por la misma industria; por lo que esperamos que se convierta en un incentivo para que más mujeres trabajen en minería ” agregó la dirigente.

Obligaciones del convenio

El Convenio exige que los estados miembros adopten un enfoque inclusivo, integrado y que tenga en cuenta las consideraciones de género para prevenir y eliminar la violencia y el acoso en el mundo del trabajo.

Este enfoque contempla la acción sobre la prevención, la protección, el control del cumplimiento, las vías de recurso y de reparación, la orientación, la formación y la sensibilización, y tiene en cuenta a los terceros como víctimas y también como autores de los actos.

El Estado de Chile, en caso de ratificar, quedará sujeto a los siguientes deberes:

a) Realizar un seguimiento y controlar la aplicación de la legislación.

b) Garantizar acceso a vías de recurso y reparación, así como a mecanismos y procedimientos de notificación y solución de conflictos.

c) Proteger la privacidad y confidencialidad de las personas implicadas.

d) Prever sanciones.

e) Prever que las víctimas tengan acceso efectivo a mecanismos de reclamación, asistencia, reparación y de solución de conflictos, con enfoque de género.